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Artículos
Indigenismo Contra Derechos Humanos
José Porfirio Miranda
Revista La Jornada Semanal, No. 210; Junio 20, 1993; pp. 36-44.
La idea de la igualdad de los seres humanos es un producto típico de la cultura occidental, al que se le opone el relativismo civilizatorio de una ideología como indigenismo.
Empecemos asentando tres o cuatro hechos candentes e indignantes de nuestra realidad mexicana, para disipar por adelantado el peligro de abstracción que siempre acecha al filósofo.
El artículo 5° de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el cual prohíbe la tortura, se viola en nuestro país con mucha frecuencia, si no es que habitualmente. Lo señalan así todos los organismos internacionales que se han abocado a investigar el caso. Y nuestras dependencias gubernamentales, como son juez y parte, no pueden pretender que se les de más crédito a ellas cuando desmienten esas imparciales denuncias internacionales.
El artículo 20, que reza "Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación", es violado permanentemente en detrimento de los obreros mexicanos, pues, o bien se les obliga a pertenecer a un sindicato cetemista o croquista, o bien, si ellos fundan su propio sindicato, no consiguen el registro oficial para el mismo si no se adhieren a la CTM o a la CROC.
El artículo 23, que afirma el derecho de toda persona a fundar sindicatos, es violado sistemáticamente, pues como el contrato colectivo no tiene fuerza jurídica mientras el sindicato no esté registrado, a las autoridades les basta negar el registro (lo cual hacen a discreción) para que el sindicato fundado por los obreros se vuelva una entidad inexistente.
El artículo 19, que consagra el derecho a la libre expresión y difusión de las propias opiniones, es violado sin excepciones en México cuando se trata de una opinión adversa al presidente de la República. Puede testificarlo cualquier columnista que lo haya intentado. El jefe de redacción le responde que no hablar del presidente es simplemente una "regla del juego".
El artículo 26, que afirma el derecho de los padres a escoger el tipo de educación que han de dar a sus hijos, es violado radicalmente en detrimento del 80 por ciento más pobre de los paterfamilias mexicanos, o sea en detrimento de los que no tienen recursos para pagar las colegiaturas de escuelas particulares. Esta violación es bien sabida desde hace muchos años.
El derecho de huelga es violado a discreción por las autoridades de nuestro país mediante el procedimiento de declarar legalmente inexistente una huelga, o bien mediante la requisa.
Primera Parte
Basten esos hechos innegables. Podríamos mencionar varios más. Aunque la Declaración Universal data de hace casi medio siglo, México y otros muchos países del Tercer Mundo todavía no le obedecen. Incluso varias de las violaciones mencionadas son piezas necesarias del sistema político mexicano. Me parece simplemente objetivo el reconocer que la previsión en favor de los derechos humanos viene del mundo occidental. Los precedentes históricos de esa declaración de 1948 son: el Bill of Rights británico (1689); la Declaración de Independencia Norteamericana (1776), y la famosa Declaración Francesa (agosto 26, 1789), para no hablar de autores como Victoria, Suárez, Grotius, Lacke y Rousseau (1). Los derechos humanos son un invento occidental. Quienes afirman que todas las civilizaciones son igualmente valiosas, en primer lugar carecen de perspectiva histórica, y en segundo lugar se fundan en una suposición enteramente apriorista, la del hombre natural: como suponen que el hombre natural es bueno, todas las culturas producidas por el hombre tienen que ser buenas. Hablaremos de ello en la tercera parte.
El antioccidentalismo no sabe el daño que le puede hacer al mundo. Esa ideología, autodenominada "relativismo civilizatorio", dice basarse en la igualdad de todos los hombres de todas las razas, ¡pero la civilización occidental fue la primera en proclamar la igualdad de todos los hombres de todas las razas!
El resto del mundo no sabía que todos los hombres somos iguales; si hoy lo sabemos, es porque nos contagió esa convicción la civilización occidental. Es pueril argüir en contra señalando la conducta de algunos o muchos individuos occidentales. Ya se sabe que en toda civilización la conducta siempre va rezagada respecto de los criterios. Lo que conduce a la historia hacia adelante son los criterios e imperativos. Todos los grupos humanos provienen de la naturalidad, esto es, de la animalidad y el salvajismo; la historia ha venido arrancando al hombre de esa situación progresivamente. No es de extrañar que cuando en un grupo humano surgen criterios e imperativos verdaderamente civilizadores (es decir morales), éstos tarden en ser llevados a la práctica en forma completa.
Para tener una visión de conjunto, permítaseme formular esta lista: los derechos humanos son un invento occidental; la democracia es invento occidental (en Atenas, cuatro quintos de la población eran de esclavos); la igualdad de la mujer y el hombre es invento occidental; que es falso que deba haber amos y esclavos es invento occidental; que el carácter bueno o malo de las acciones es algo objetivo y no depende de ninguna decisión de autoridad, es invento occidental; que nadie es culpable mientras no se lo demuestren ante el juez es invento occidental; que el poder judicial debe ser independiente del ejecutivo es invento occidental; la dignidad infinita de todas las personas es invento occidental; el estado de derecho (esto es, que no rijamos por las leyes estables y no dependamos de la decisión discrecional del gobernante), es invento occidental; la libertad de prensa es invento occidental; la libertad de profesión es invento occidental, al igual que la de asociación, la de reunión, la de matrimonio, la de conciencia, la de residencia.
Pues bien, por su misma esencia y aunque sus voceros no lo quisieran, el indigenismo tiende a persuadir a un pueblo de que su cultura aborigen es tan buena o mejor que la occidental y se basta a sí misma y no necesita de ese conjunto de cosas "importadas" y "eurocentristas".
No podía haberse inventado una ideología que cause más perjuicio a los indígenas que el indigenismo. Por su misma gravitación intrínseca es una ideología defensora del status quo y de la injusticia reinante, la cual impide que la presión externa en favor de los derechos humanos prevalezca. Y adviértase que en nuestro país el indigenismo no sólo se predica entre los indígenas; está presente en la literatura, en los reportajes y artículos de fondo, y en la educación misma de la población en general. Así lo demuestra el cuasi total abandono de la historia universal en las escuelas. Todos los regímenes absolutistas han sido siempre muy nacionalistas: el nacionalismo los protege contra la "injerencia" internacional, contra el avance mundial de los derechos humanos. El antioccidentalismo quiere crear un mundo en que no se pueda luchar por la justicia porque esa lucha equivaldría a reconocer el principio típicamente occidental, de que hay que realizar la justicia caiga quien caiga (fiat iustitia etiamsi ruat mundus).
Esas resistencias llevan las de perder. Sostengo que nuestra época es estupenda. Para apreciar el avance consideremos primero lo que Hegel observaba hace todavía menos de dos siglos respecto a la idea de que todo ser humano está destinado a la libertad:
Continentes enteros, África y Oriente, nunca tuvieron esa idea y todavía hoy no la tienen, los griegos y los romanos, Platón y Aristóteles y aún los estoicos no la tuvieron; al contrario, sólo sabían que el hombre es realmente libre dependiendo del nacimiento (como ciudadano ateniense, espartano, etcétera) o por fortaleza de carácter o por educación o por filosofía (el sabio es libre aún como esclavo y en cadenas). Esa idea vino al mundo por medio del cristianismo, de acuerdo al cual el individuo como tal tiene valor infinito porque es objeto y fin del amor de Dios (2)...
En la actualidad, aparte de nuestra América Latina (que para Hegel obviamente ya lo estaba), se han incorporado a la certidumbre de que todo ser humano merece total respeto, Filipinas la mayor parte de África, y además la India, que es un tercio de Asia; lo demuestran los movimientos pro derechos humanos. La conducta, como ya dijimos, siempre va retrasada; pero va. Lo que importa para el rumbo de la historia es el criterio cierto. Se trata de la verdadera moral, y a los pueblos les está importando un comino tanto el relativismo de los intelectuales como los inmorales criterios del capitalismo reinante, pues para el capitalismo lo que cuenta es la búsqueda del propio provecho, actitud claramente incompatible con el respeto a los derechos humanos del prójimo.
En la realidad, la idea de los derechos humanos tiene dos raíces históricas últimas; por un lado, la filosofía de Platón, Aristóteles y los estoicos; por otro, el cristianismo. Lo que pasa es que esas dos aportaciones son de muy diverso carácter.
La aportación griega se puede resumir es esta tesis: la cualidad moral -buena o mala- de una acción no depende de lo que digan las leyes de cada país o los gobernantes, pues es algo objetivo, algo racionalmente demostrable. Esta aportación se identifica con la esencia misma de la filosofía, pues ésta dice que la verdad se puede conocer y demostrar. Es obvio, por ejemplo, que cuando se afirma el carácter objetivamente malo y abominable de la tortura, implícitamente se sostiene que el hombre tiene derecho a no ser torturado y que ese derecho existe a pesar de todos los gobiernos y de todas las legislaciones positivas. La plena explicación (defectuosamente llamada iusnaturalismo) sólo llegó a florecer en estos últimos 500 años de historia occidental, aunque ya es posible encontrarla en Santo Tomás (siglo XIII). La ilustración del siglo XVIII la llevó a su apogeo. Se puede decir que la aportación griega es formal.
La aportación del cristianismo se puede resumir en esta tesis: todos lo seres humanos, de cualquier raza, sexo o condición, tienen dignidad infinita. Esta aportación no sólo da a los derechos humanos la universalidad esencial de que carecía la aportación griega como observa Hegel. Le da además contenido, pues de la dignidad total de las personas se derivan lógicamente todos los derechos humanos. Desde el momento en que se reconoce que toda persona tiene dignidad infinita la historia entera está destinada a cambiar. Ninguna otra civilización lo sabía.
De todos modos, ambas aportaciones influyen definitivamente en las declaraciones de derechos inglesa, americana, francesa, y finalmente la universal de 1948. Ignorar la historia universal en la literatura, en los discursos, en los periódicos y en la enseñanza es crear un mundo orwelliano basado en omisiones y silencios que hacen desaparecer de la mente del pueblo los hechos, los personajes, las ideas, los derechos. Como si no existieran, como si nunca hubieran existido. Así trató de hacerlo Stalin. Es la mejor manera de mantener en el poder a un sistema político. Los intelectuales se encargan de fabricar una historia manejable.
El indigenismo no lo inventaron los indígenas. Es cosa de intelectuales. El relativismo civilizatorio está lógica e indisolublemente ligado al liberalismo, ya que éste ha venido a convertirse en relativismo en general. El liberalismo no quiere verdades absolutas supuestamente porque le quitan a uno la libertad; pero como la tradición occidental se finca en verdades absolutas, al liberalismo no le quedó más remedio que proclamarse relativista también en cuanto a civilizaciones. Así es como nace el indigenismo, el cual viene a ser un racismo al revés, un racismo consistente meramente en negación: yo rechazo lo europeo únicamente porque no lo inventó mi raza. Es difícil imaginar una actitud más irracional y carente de objetividad. (De hecho, los liberales hacen trampa. Defienden algo occidental pero no quieren que se sepa que es occidental: democracia, libertad de prensa, igualdad de la mujer. Y lo defienden como absoluto, pero al mismo tiempo disimulan que es absoluto y que es occidental. Incluso los criterios con que estiman apreciables ciertos rasgos de las culturas indígenas son occidentales, al igual que la heredada indiscutibilidad de los mismos).
Afortunadamente el relativismo de los intelectuales no afecta a los pueblos de la Tierra, y a los organismos internacionales de la ONU tampoco, los cuales son los representantes de toda la población del mundo. Por el contrario, la gran novedad de la época que estamos viviendo es la certidumbre con que todos los pueblos (con excepción del Extremo Oriente todavía) dan por sentado que los derechos humanos deben respetarse. En este sentido, que es fundamental para la historia humana, nuestra época es estupenda, y no veo cómo puedan prescindir de ese contexto formidable los coloquios o encuentros que pretenden analizar hechos recientes (por ejemplo, el derrumbe del sistema soviético).
Contra este magnífico viraje de la historia se alzan dos diques reaccionarios. Uno, ideológico: relativismo, indigenismo, nacionalismo, etcétera. Otro, seudolegal: soberanía y positivismo jurídico. Sobre este segundo necesitamos detenernos de manera muy especial, pues a este respecto la gran filosofía ha hecho una aportación de trascendencia incalculable, y sólo falta que los pueblos se enteren de ella.
Segunda Parte
El principal error consiste en creer que la ley y la autoridad tienen validez independientemente de la moral. En cuanto a la moral, o bien los juristas en cuestión le asignan un terreno (la interioridad) muy diferente del que atienden la ley y la autoridad, o bien de plano la declaran subjetiva, es decir, niegan que existan obligaciones objetivamente válidas aparte de ser señaladas por la ley del país y las disposiciones gubernamentales. Con ello están diciendo que el hombre no tiene más derechos que los que la ley del país y el gobierno le reconozcan, pues la palabra derecho sólo puede traducirse en términos de obligación (de los demás), o sea, el único significado, por ejemplo, de "El hombre tiene derecho a la vida" es "Las instituciones y los demás hombres tienen obligación de respetar la vida de cada hombre". La soberanía se hace residir en ello: aquí no mandan más que la ley del país y el gobierno de que procede conforme a ella. El lector comprende por qué he hablado de un dique, de un dique que se alza contra el actual oleaje mundial de los derechos humanos. Evidentemente, de nada sirve responder que los gobernantes y legisladores pueden reconocer esas exigencias occidentales y convertirlas en la ley del país, pues de esa manera queda precisamente al arbitrio de las autoridades locales el decidir qué derechos tiene el hombre y qué derechos no tiene. El quid de la tradición occidental y de la Declaración Universal es que los tiene por el hecho mismo de ser hombre, independientemente de si algún legislador o gobernante se los reconoce o no se los reconoce.
La filosofía que verdaderamente respete al hombre tiene que negar toda diferencia entre la ley y la moral, tiene que afirmar que una ley no es ley si no es moral, que la autoridad no es autoridad si el contenido de sus decretos no coincide con lo que la moral misma en esas circunstancias manda. De ahí se sigue que no tienen validez ni obligatoriedad las leyes y gobiernos cuando se oponen al avance mundial de los derechos humanos.
Procedamos con método y rigor. Primero refutemos a las dos diferencias superficiales que suelen señalarse entre la ley y la moral, y después vayamos al fondo del asunto.
La primera diferencia, a saber, que la moral atiende a lo interior y la ley a lo exterior, es falsa por ambos lados. Así, la moral prohíbe el homicidio, y cuando alguien ha despojado a otra persona la moral manda restitución, de ninguna manera basta el arrepentimiento. Homicidio y restitución son actos exteriores, si los hay.
Por su parte, para las leyes penales la interioridad del acusado es factor decisivo: si el homicida está loco, no hay delito; pero la locura o no locura es interioridad. Otro ejemplo: todos los códigos penales distinguen hoy entre daño doloso y daño culposo, o sea entre un perjuicio causado con intención de dañar y un perjuicio causado por negligencia y descuido. El delito es completamente distinto y la pena también; pero la intención maligna o la negligencia son realidades interiores. Un ejemplo más: en el delito llamado fraude, lo decisivo es averiguar si la víctima fue efectivamente engañada por la maniobra del estafador o por propia imprudencia y tontería, y en cuanto al acusado, lo decisivo para el juez es averiguar si hubo intención de hacer caer al otro en la trampa. Ningún dato exterior tiene significación unívoca, pues el mismo hecho puede llamar a engaño a ciertos individuos en ciertas circunstancias y a otros individuos no llamarlos a engaño; por tanto, no es el hecho exterior lo que orienta al juez en estos casos, sino precisamente el interior, ya que éste puede a veces ir acompañado de ciertos hechos exteriores y a veces de otros muy diferentes. El penalista Jiménez Huerta reconoce: "Los engaños no pueden medirse objetivamente, pues proyectándose sobre la inteligencia de la víctima forzosamente han de influir en su eficiencia las subjetivas peculiaridades psicológicas de la persona engañada" (3).
No solamente las leyes penales. Para la ley civil y para la mercantil la intención del agente también es decisiva. Por ejemplo, un testamento es inválido si el testador no tuvo intención de testar. o bien, todos los códigos civiles invalidan un contrato cuando alguna de las partes sufrió "error sobre el motivo determinante de la voluntad". Y el error invalidante puede también versar sobre la naturaleza del contrato: por ejemplo, si alguien firmó un contrato de compra-venta creyendo que era de arrendamiento. Pero el error, el equivocado "creer" son hechos interiores por excelencia. No sé cómo pudo alguien alguna vez sostener que el orden legal y jurídico no atienden a lo interior. Un último ejemplo: cuando el juez tiene que decidir con cuál de los cónyuges divorciados han de vivir los hijos, lo que más le importa es la personalidad interior; el abogado del padre lo que tiene que demostrar es la inestabilidad psíquica de la madre o su interna viciosidad; los hechos exteriores sólo fungen como indicios, síntomas o medios probatorios: lo decisivo es lo interior.
No se pase por alto que la tesis que estamos criticando es una proposición negativa universal; de acuerdo con la lógica basta un solo caso afirmativo singular para demostrar que es falsa y no se hable más del asunto.
Igualmente falsa, y también por ambos lados (siendo así que bastaría uno para refutarla), es la segunda diferencia, la que hacen consistir en que la ley es esencialmente coactiva mientras la moral no lo es. Podemos empezar esgrimiendo un argumento muy directo: en último análisis la coactividad de las leyes se reduce a que es moralmente lícito usar compulsión física para hacerlas cumplir.
En efecto, aún en los países más reglamentados se da el caso de que el delincuente es más fuerte, más astuto o más numeroso que los recursos gubernamentales y en resumidas cuentas queda impune, baste mencionar los atracos nocturnos o bien los hurtos instantáneos de los carteristas a cualquier hora: el más elemental realismo que nos dice que muchos de esos delitos quedan impunes. Incluso hay sociólogos según los cuales la mayoría de los delitos efectivamente quedan impunes. Entonces, ¿en qué consiste realmente la coactividad de las leyes que los prohíben conminando penas? Claro que no en algo físico, pues el problema está precisamente en que el gobierno y sus agentes no hacen físicamente nada contra los delincuentes; físicamente no imponen penas. Por consiguiente, la coactividad se reduce a esto: al gobierno le sería moralmente lícito emplear la fuerza si pudiera. La coactividad del orden jurídico consiste en que la ley dice que tales y tales acciones merecen castigo. Pero eso también lo dice la moral, y el resultado es que no hay diferencia entre la moral y la ley por lo que a coactividad respecta.
Hay un caso particular muy notorio: el derecho de legítima defensa. Adviértase que ese derecho, el legal, pertenece al orden de leyes, los tratadistas mismos que estamos criticando reconocen que no pertenece solamente a la esfera moral. Muchas legislaciones explicitan ese derecho, y en los otros países los tribunales y su jurisprudencia lo hacen constar, de suerte que en todas partes tiene fuerza de ley. Ahora bien, el agredido posee ese derecho aunque el agresor lo tenga despojado de toda posibilidad efectiva de defenderse. En ese caso tenemos un derecho legal sin coactividad real de ninguna especie. Si el teórico en ese momento le niega ese derecho al agredido por la circunstancia misma de que está siendo atacado en forma plenamente eficaz, lo que está diciendo es que la fuerza, lejos de ser inherente a la ley, suprime la ley. Y si el teórico, por el contrario, reconoce que en el caso descrito el derecho legal de autodefensa subsiste, así reconoce que la ley no es efectivamente coactiva y que por tanto no se distingue de la moral. El derecho de legítima defensa consiste exclusivamente en que al agredido le es moralmente lícito emplear la fuerza si puede.
Los argumentos que acabamos de exponer refutan la primera parte de la tesis que dice que la ley se distingue de la moral en que la ley es coactiva y la moral no. Pero añadamos todavía dos casos en que la ley necesariamente carece de coactividad. Nótese que en los códigos que realmente existen hay leyes que, por olvido del legislador, carecen de sanción, pero el teórico positivista me respondería garbosamente que esos enunciados no son leyes y sanseacabó. Los dos casos que ahora presento no tienen nada que ver con eso; se trata de delitos que, por la lógica misma de las cosas, necesariamente tienen que quedar sin sanción.
El delito de no denunciar al delincuente tiene que quedar impune en última instancia, porque suponer lo contrario sería incurrir en processus in indefinitum. En el primer eslabón de la cadena el código anexiona pena (por ejemplo el de la Ciudad de México, artículo 400, fracción 1a), pero ¿y el delito de no denunciar a alguien que ha cometido el delito de no denunciar? Ese tiene que quedar finalmente sin sanción, pues de lo contrario habría que sancionar a quien no denuncia a alguien que está cometiendo el delito de no denunciar a cierta persona que comete el delito de no denunciar, etcétera. Forzosamente tiene que quedar sin sanción un delito, por tanto es falso que la ley esencialmente lleve sanción.
El otro caso es esté: la ley no puede anexar sanción efectiva contra el supremo gobernante que delinca y se resiste a las sanciones que marca la ley. El orden legal tendría que crear otra instancia autorizada a usar mayor fuerza que la que le concede al supremo gobernante, y entonces esa instancia sería la que podría resistirse contra las sanciones que la ley estipule contra ella si delinque; y así sucesivamente.
Si garbosamente se nos responde que esos preceptos no son la ley sino moral, la tesis que estamos impugnando ha perdido la partida, pues resulta que el orden legal necesariamente contiene preceptos morales y por tanto es falso que la ley se distinga de la moral.
Ahora demostremos que es falsa la segunda parte, la que en universal niega que la moral tiene sanción. La tiene y tanta, que ello nos hará desembocar en el tema de fondo, que es: el orden legal necesariamente se basa en el orden moral y sólo posee significado si posee significado moral.
Cualquiera que reflexione un poco sabe que al mentiroso se le sanciona con el desprecio colectivo de todo lo que dice y de su persona misma; que al cruel se le sanciona con evitación, si es posible total, y con muestras de horror que acaban siendo boicot; que al timador y tramposo se le excluye de toda participación en los negocios; que al que no mira más que a su propio interés se le excluye de cargos directivos de elección popular, etcétera.
Los escépticos y superficiales dirán que esas sanciones no son plenamente eficaces. Lo primero que les respondo es que las sanciones de la ley tampoco lo son. Lo segundo que les respondo es que la tesis de que los preceptos morales no llevan sanción adjunta es una proposición negativa universal, y para refutarla basta la existencia de alguna sanción asociada a alguna norma moral; no necesito demostrar que todos los preceptos morales llevan sanción adjunta, ni tampoco que tal sanción es plenamente eficaz. Y lo tercero que les respondo es lo más importante: quien considere las cosas con detenimiento se convencerá de que en realidad el orden social se mantiene mucho más por las sanciones que no están previstas en el ordenamiento legal positivo que por las sanciones previstas en él.
Por lo que atañe a sociedades menos desarrolladas que las nuestras citemos al antropólogo Ino Rossi:
Radcliffe-Brown señala que en muchas sociedades primitivas no hay tribunales ni jueces ni una autoridad política central formalmente organizada, y sin embargo, la gente posee en sentido de lo que es crimen y la noción de delitos públicos y privados. Cuando no existe autoridad política para aplicar sanciones organizadas (ley), existen grupos privados y asociaciones que aplican sanciones organizadas. Más aún, existe una serie de mecanismos no organizados como son el ostracismo, incendio de casa, venganza de sangre, acusación de brujería y hechizo, y sanciones rituales, que, sin ser impuestos por autoridades oficiales, son medios efectivos de control social (4).
Por lo que hace a las sociedades desarrolladas, Laura Nader y Harry Todd Jr. resumen las investigaciones de Macauley y Sutherland, en las que se describe.
la evitación de la ley como un medio de formar y mantener buenas relaciones de negocios; en sus transacciones con otros hombres de negocios los hombres de negocios prefieren no usar contratos, e incluso prefieren no echar mano de la ley en los casos de actividad de negocios criminal (5).
La razón es muy obvia: la pérdida de prestigio del gremio empresarial, el rompimiento de todo trato con el trasgresor, la denegación de crédito y de suministros, son para un empresario sanciones infinitamente más ruinosas que las que marca la ley. En los siglos XVI al XVIII en Europa, cuando se formó el capitalismo, las letras de cambio y los pagarés eran simplemente cuestión de honor, del prestigio del comerciante emisor, de lo desastroso que sería para él perder ese prestigio; pero aún hoy mismo, sin la confianza en el compromiso oral, los sistemas capitalistas nacionales se paralizarían. Las relaciones entre capitalistas no pueden hacerse depender del sistema legal y judicial: un proceso judicial es largo y hay apelaciones, cuando termine ya quebró mi negocio o ya perdí completamente la oportunidad de la operación audaz que traigo en mente; yo necesito seguridad, pero de otra índole: la palabra dada.
Y prescindiendo del mundillo empresarial, en nuestras ciudades pequeñas y en los barrios bien cohesionados de las grandes urbes, las sanciones no legales pueden hacerle la vida imposible a cualquiera: la "ley del hielo" en primer lugar, pero además el cartero "por pura coincidencia" pierde mis cartas, para mí siempre está ocupado el plomero, al lechero se le olvida mi casa, el abarrotero no surte el pedido, en la escuela mis hijos reciben insultos y las zacapelas son continuas, etcétera.
Los hechos refutan la tesis de que la moral no puede tener sanciones eficaces, pero lo principal es esto: la reprobación colectiva con la que sanciona a la trasgresión moral es el principal sostén del orden social. Sencillamente no habría fuerza ni gendarmes suficientes si una buena mañana la población entera decidiera desobedecer a la ley. Como dijo Napoleón, las bayonetas buenas para muchas cosas, mas no para sentarse en ellas: ningún gobierno se mantendría en existencia si principalmente dependiera de la fuerza. Digámoslo con palabras de Hegel: "La imaginación a menudo se figura que el Estado se mantiene unido gracias a la fuerza, pero lo que lo sostiene es el sentido fundamental de orden que todos tienen" (6).
Vengamos al punto crucial quienes niegan la validez objetiva de la moral no tienen derecho de usar la palabra ley ni la palabra autoridad. Los enunciados de sus códigos y de sus decretos son dato sensible, pero no es dato sensible que tales enunciados sean ley, no es dato sensible que sean obligatorios. Son imperativos condicionados, o sea informaciones útiles: si haces esto o esto vas a la cárcel. Pero eso significa que otro comportamiento es conveniente; no significa que es obligatorio. El orden institucional que tales enunciados constituyen dispone la fuerza, eso sí es empíricamente comprobable: me pueden hacer prisionero, me pueden quitar mi sueldo y mi casa; pero de igual fuerza física dispondría un ejercito de vándalos que se hubiera apoderado del país por violencia. Yo estaría forzado a conducirme como esa gavilla de forajidos decidiera, pero forzado no es lo mismo que obligado. Para oponerse al avance mundial de la moral (derechos humanos), los soberanistas evidentemente no quieren decir que lo hacen en nombre de la fuerza bruta, sino en nombre de algo respetable, de algo válido, de algo obligatorio. Si su resistencia contra la penetración de los imperativos morales occidentales fuera un mero "Yo soy el que tiene los rifles", ni siquiera discutirían ni darían razones. Resisten en nombre de la ley, pero entonces la palabra ley no puede significar fuerza.
La ley tiene que significar obligación moral. De lo contrario significa fuerza. Sólo que entonces ya no pueden oponerse en nombre de la ley a las exigencias morales expresadas por los derechos humanos ni declararlas cosa subjetiva.
Obviamente, tampoco pueden hacerlo en nombre de la soberanía del Estado, pues el estado consiste en leyes: que el que tiene autoridad es fulano, significa que fue conforme a las leyes el proceso por el que se llegó a su designación. Si las leyes no tienen significación moral, el seudoestado constituido por ellas es un andamiaje de fuerzas, y el gobierno correspondiente es una banda de facinerosos, no una autoridad. Sólo si se presupone que es moralmente obligatorio obedecer a las leyes pueden éstas ser llamadas leyes y deberes; su carácter de ley emana de ese principio moral.
Esto siempre ha sido verdad, no sólo en la actual coyuntura. Implícita o reflexivamente los juristas y los gobernantes siempre han tenido en cuenta que, como dijimos, el Estado no se mantiene en existencia gracias a la fuerza sino gracias a la moral. Por eso, cuando dicen ley necesitan que se entienda que eso no es fuerza sino obligación, deber; lo mismo cuando usan la palabra autoridad. Y es que no hay modo alguno de conferirle significado a la palabra ley si se prescinde del imperativo moral, porque los datos empíricos testifican, si mucho, que ahí hay un librillo con determinado tipo de enunciados según los cuales cierta conducta será sucedida por ciertos azotes o encarcelamientos, pero de esos datos empíricos no surge por nada del mundo el contenido de la idea de ley, que entraña deber, obligación. El positivismo jurídico, al negar que existan imperativos absolutos independientemente de la ley, se vuelve incapaz de darle algún significado a la palabra ley.
Entiéndase bien que tampoco el voto mayoritario y la forma republicana pueden hacer que la ley o el decreto gubernamental signifiquen obligación. Nadie da lo que no tiene. Si nos ponemos a emplear la fuerza, probablemente la mayoría podría constreñir a la minoría y a los individuos a observar determinada conducta; entre constricción y obligación, empero, hay toda la distancia que hemos señalado. Si es obligatorio acatar la decisión de la mayoría (cuando no manda algo inmoral), es porque se presupone el principio moral de que el no obsecundarla acarrearía mayores males que toda persona responsable está obligada a procurar que no acaezcan: de ese principio emana la obligatoriedad, no del voto mayoritario mismo. Por sí mismo éste no genera obligación ni en la minoría ni en nadie. La mayoría se ha equivocado muchas veces. Hitler fue electo por mayoría. Si la mayoría elige como gobernante a alguien, no por eso los decretos de ese gobernante tienen carácter obligatorio. La existencia misma del Estado, sea cual sea su forma de gobierno, sólo se justifica si el Estado es realización del respeto a los derechos humanos. Por consiguiente, ningún Estado puede fundadamente poner el grito en el cielo exclamando ¡injerencia! cuando la corriente mundial le exige cada vez más respeto a los derechos humanos.
Tercera Parte
Nos hemos ocupado largamente del legalismo soberano porque es el aliado fuerte y oficial (el brazo armado) del indigenismo y del relativismo civilizatorio en el empeño de impedir el avance de los derecho humanos. Es hora de volver directamente a estas ideologías y poner al descubierto la suposición, desgraciadamente muy generalizada, pero profundamente falsa, de la cual parten: como suponen que el hombre natural es bueno, todas las culturas producidas por el hombre tienen que ser buenas.
Entre lo bello y lo bueno hay mucha distancia, pero quizá conviene empezar señalando, como mera comparación inadecuada, que un relativismo semejante al de la esfera ética se ha vuelto también epidémico en la esfera estética. Es la absoluta desorientación de los intelectuales cuando se ponen en clave pedante: por miedo de que me llamen "cerrado" tengo que encontrar bonito todo (aun la más obvias mamarrachadas). En un excepcional momento de honradez dijo Teodoro Adorno:
El que todo lo encuentra bello está ahora en peligro de no encontrar bello nada [...] La benevolencia ilimitada se convierte en convalidación de todo lo malo que existe [...] El concepto de vida, en su abstracción, al cual se recurre en estos casos, no se puede separar de lo opresor, de lo despiadado, de lo propiamente letal y destructivo (7).
Ese fingido pluralismo encuentra que todo es pluralismo, encuentra que todo es expresión de lo vital y por eso todo le parece bello. Por la misma razón todo lo "natural" tiene que ser bueno. Desde luego, ese biologismo no sabe definir el concepto de vida, lo cual es el colmo cuando se alaba todo por ser vida; pero sobre eso volveremos pronto. Antes atendamos el argumento de Adorno: también la hiena y la serpiente son vida, también la agresión cruel y destructora es un acto vital, también el torturador y el asesino manifiestan, con esas acciones, estar vivos. La cita de Adorno nos traslada ya a lo ético. El romanticismo "vital" que todo lo justifica si es vida, está justificando aun los actos destructores de la vida, y dando así muestras de una indisciplina mental verdaderamente calamitosa.
Nietzsche sí llegó a las últimas consecuencias, pero a eso mismo deberían llegar nuestros relativistas si fueran lógicos:
En estos tiempos de ahora en que el sufrimiento aparece siempre el primero en la lista de los argumentos contra la existencia, como el peor signo de interrogación de ésta, es bueno recordar las épocas en que se juzgaba de manera opuesta, pues no se podía prescindir de hacer sufrir y se veía en ello un atractivo de primer rango que seducía a vivir [...] (8).
Hablar en sí de lo justo y de lo injusto es algo que carece de todo sentido; en sí, ofender, violentar, despojar, aniquilar no se puede ser naturalmente injusto, desde el momento en que la vida actúa esencialmente, es decir, en sus funciones básicas, ofendiendo, violando, despojando, aniquilando, y no se la puede pensar en absoluto sin ese carácter (9).
La tradición occidental, la de los derechos humanos, "habla en sí de lo justo y de lo injusto". Nietzsche rechaza eso en nombre de la vida. Nuestros relativistas civilizatorios también: no pueden aceptar la superioridad de lo occidental porque todas las culturas les parecen manifestaciones de la vida. Así apoyan y convalidan todo lo malo que existe. Pero hay una diferencia: Nietzsche abraza lo destructivo y aniquilador a ciencia y conciencia, mientras la "apertura" completa de nuestros relativistas es simplemente el vacío. Es la actitud del bembo: está "abierto" a todo porque él mismo no tiene nada que decir.
Si tomamos en serio su incesante recurso a la vida, resulta que no saben de qué están hablando. Pero hagámoslo, pues la gran filosofía sí tiene algo que decir al respecto. La vida sólo puede definirse como autodeterminación, esto es, libre albedrío, y he aquí que sólo es plenamente autodeterminado el genuino acto moral, el que por atender a la diferencia entre lo justo y lo injusto se sobrepone a los impulsos naturales que lo heterodeterminan, pues esos impulsos no los puso el yo mismo, sino que fueron puestos ahí sin consultarle. Por datos empíricos es imposible definir la vida; lo reconocen los biólogos Baker y Alleen en nombre de todo el gremio: "No hay una línea definida que distinga entre lo vivo y no vivo" (10).
Los esfuerzos de definición empírica manejan como características de lo vivo la nutrición, el crecimiento y la reproducción; y como tratan de entenderlas empíricamente, la nutrición y el crecimiento vienen a ser casi lo mismo: traslado local de materia externa hasta el bulto o cuerpo que se estudia. Sin embargo ese crecimiento y nutrición se observa también en los cristales, los cuales no son seres vivos, y también en la flama o lumbre, que tampoco es viviente; de suerte que esas características no sirven como definición. La reproducción tiene dificultades por ambos lados: por una parte, el buey no sería viviente, ni las abejas trabajadoras tampoco, ni los eunucos humanos, ni los impúberes; y por otra parte, la lumbre no sólo se alimenta de elementos exteriores y crece, sino también produce otras lumbres semejantes y en ese sentido se produce.
Ahora bien, si los datos empíricos no permiten formar el concepto de vida, el origen de ese concepto tuvo que ser la introspección. Pero por introspección lo que intuimos es la autodeterminación del espíritu en sus actos verdaderamente libres, que son los morales; ese es el contenido y significado original de la palabra vida. A otras cosas las llamamos vivas sólo en sentido derivado, deficiente y traslaticio. Como dice Hegel, "su propia autoconciencia es la que el hombre hace ahí objetiva para sí" (11).
Resulta que quienes en nombre de la vida querían desvalorar y relativizar el imperativo moral absoluto, si se exigen un poco de rigor mental, encuentran que la vida, en su único sentido cognoscible, dependen precisamente de que la interprete el imperativo moral absoluto.
Pero en fin, la creencia en que el hombre natural es bueno no tiene necesariamente que usar la palabra vida. enfoquémosla en sí misma. A mi parecer debería bastar la observación obvia de que es una creencia típicamente apriorista: no necesita examinar los hechos reales porque ella ya de antemano sabe que por naturaleza el hombre es bueno. Sin embargo, Rousseau, el popularizador original de ese prejuicio, cuando se dignó examinar los hechos encontró algo muy diferente:
He visto a niñeras imprudentes que atizan la cólera de las criaturas, las excitan a que peguen, se dejan pegar y se ríen de sus débiles golpes, sin hacerse cargo de que en la intención del niño furioso eran otras tantas heridas de muerte, y que el que quiere pegar cuando chico, querrá matar cuando sea mayor (12).
Y en el mismo libro segundo encontramos esta frase contundente: "Todos los salvajes son crueles".
La única definición posible de "natural" es: lo que no ha sido modificado por la educación, la sociedad y la cultura. Cualquier observador que no idealice sabe que de por sí, o sea, de acuerdo a sus tendencias naturales, el niño es un egoísta rematado, un bicho capaz de todas las crueldades que sus fuerzas le permitan, las cuales afortunadamente no son grandes. Hobbes describe al hombre salvaje como "niño robusto". Y Freud encontró que el niño es "un criminal polimorfo universal". Y Nietzsche, como vimos, sabe con toda precisión qué es lo natural: "ofender, violar, despojar, aniquilar". Lo natural es la jungla, el devorarse los unos a los otros.
Es la cultura la que hace bueno al hombre, no la natura. Pero de ahí se sigue que no todas las culturas valen lo mismo. Es absurdo equipar una cuyos criterio e imperativos exigen respeto a la dignidad infinita de todas las personas con una cuya religión tenía como centro la exigencia de sacrificios humanos. En toda cultura, claro está, hay un minimum de moral, en eso tiene razón LeviStrauss; de lo contrario no estaríamos hablando de hombres sino de animales; lo que hace hombre al hombre es el imperativo moral: Pero no tiene nada de raro que en los criterios e instituciones de unos grupos humanos quedaran más residuos y sedimentos de la animalidad original que en los criterios e instituciones de otros grupos humanos. Y es irracional negar a priori la posibilidad de que una cultura haya logrado eliminar de sus criterios e instituciones la inmisericordia animal más que las otras culturas. La conducta siempre va detrás; nada más esperable; lo promisorio, lo importante para el curso de la historia son los imperativos y criterios institucionales.
Lo decisivo es que el hombre natural no existe. Si es natural es animal, no hombre. No se trata únicamente de lo que dicen los teólogos, a saber, que de hecho el hombre nunca estuvo ni está en estado de naturaleza. Se trata de que la expresión "hombre natural" es intrínsecamente contradictoria y de que, cuando Hobbes y Locke y Rousseau hablaban de un estado de naturaleza, anterior a la fundación de la sociedad y del Estado, ignoraban por completo lo que es el hombre. El hombre se distingue del animal por la autoconciencia, es decir, porque cae en la cuenta de sí mismo; pero eso no podría adquirirlo si la sociedad (por medio de la madre, por ejemplo) no lo interpelara responsabilizándolo; "sin un tú el yo es imposible" (13).
Dice Hegel: "El niño sólo de suyo es espíritu, no es todavía espíritu realizado, no es real como espíritu; tiene sólo la capacidad, la potencia de ser espíritu, de llegar a ser real como espíritu" (14). Y el antropólogo ateo Leslie White dice así: "Es el símbolo el que transforma un infante de Homo Sapiens en un ser humano; los sordomudos que crecen sin el uso de símbolos no son seres humanos" (15). "Un bebé se torna humano cuando comienza a usar símbolos" (16). El testimonio de la antropología de nuestro siglo es fehaciente, le falta entender que el uso de símbolos ya es consecuencia de la adquirida conciencia de uno-mismo. Compréndase cuál es la línea divisoria: aquel manzano existe pero no sabe que existe, este mi perro existe pero no sabe que existe, lo que distingue al hombre es la autoconciencia (tener un yo), que es lo mismo que el espíritu; y no se trata, por cierto, de una entidad que primero exista y después caiga en la cuenta de que existe, sino que su existir consiste en caer en la cuenta; como dijo Aristóteles, "la mente no es de hecho nada antes que piense" (17).
Los antropólogos y paleontólogos de nuestro siglo han descubierto que ningún dato físico sirve para distinguir al hombre del animal. La verticalidad del tronco la tienen otras 188 especies animales (18). El pulgar oponible lo tienen varios marsupiales. El rabo lo han tenido varios bebés humanos al nacer. Pelos en la cara y en todo el cuerpo los tienen los niños de una familia muy conocida de Loreto, Zacatecas, como la televisión mexicana mostró a fines de 1986. Aunque el volumen cerebral del gorila más macrocéfalo hasta hoy hallados (685 cm3) y el del hombre más microcéfalo (850 cm3) hay todavía una pequeña diferencia y por cierto meramente cuantitativa, toda la teoría fisicalizante fracasa ante el hecho de que hay hombres con 2000 cm3 o más; si 165 unidades bastaran para decretar diferencia de especie, el hombre no sería una especie sino siete. Y finalmente la dentadura tampoco sirve para distinguir: los restos fósiles estudiados por Oakley en Sudáfrica son ciertamente no humanos porque no hay restos de fogata ni instrumentos primitivos o utensilios, pero el colmillo no sólo sobresale menos que el humano sobre el nivel de las otras piezas dentales, sino que es enteramente parejo con ellas; hay en la de ese mono un mayor grado de evolución que en la dentadura humana.
Es la autoconciencia la que distingue al hombre; por tanto el hombre no es hombre si la sociedad no lo modifica suscitándole autoconciencia; por consiguiente el hombre no es un ente natural. Cuando comúnmente para justificar o aún alabar algo se dice "es lo natural", en realidad se está diciendo lo peor que se podía decir sobre ese algo; se está diciendo que es inhumano, que es la negación de lo humano.
La autoconciencia es suscitada por el imperativo moral que se le dirige al niño a través de la sociedad y que le intima la responsabilidad de sobreponerse a los instintos para tener en cuenta a los demás como personas, para respetarlos. Existo porque me hacen responsable. Soy hombre porque debo. Debo respetar los derechos humanos de los otros. Y soy más humano cuanto más los respeto. La resistencia de los ideólogos actuales contra el avance de los derechos humanos es resistencia contra la humanización de los mexicanos.
Notas:
(1) Véase Encyclopaedia Britannica, Historical Development. 1986, Vol. 20, artículo "Human Rights", pp. 714-716.
(2)
G.W.F. Hegel, Enzyklopädie der philosophischen Wissenschaften, A; Hambur, Meiner. núm. 482, 1969.
(3)
Mariano Jiménez Huerta, Derecho penal mexicano, 4 vols., México, Porrúa, 1968. IV, p.140.
(4)
Ino Rossi et al. (eds.), Anthropology Full Circle, Nueva York, Holt Rinehart Winston, 1977, p. 348.
(5)
Laura Nader y Harry Todd Jr., The Disputing Process (Law in Ten Societies), Nueva York, 1978, p.17.
(6)
Grundlinien der Philosophie des Rechts, Frankfurt, Ullstein, núm. 268 z, 1972.
(7)
Mínima Moralia, Frankfurt, Suhrkamp, núm. 48. 1976.
(8)
Genealogía de la moral, (Trad. Andrés Sánchez Pascual), México, Alianza Editorial, 1989, p. 77.
(9)
Ibid., p. 86.
(10)
J.J.W. Baker y G.E. Allen, Biología e investigación científica (Trad. George y Figueroa), México, FEI, 1970, p. 3.
(11)
Vorlesungen über die Philosophie der Religion, 2 vols., Hamburg, Meiner, 1974, II, I, 94. nota 1.
(12)
Emilio, "libro segundo", nota, énfasis añadido.
(13)
Hegel, Jenaer Schriften, Frankfurt, Suhrkamp, 1974, p. 378.
(14)
Op. cit., III, 204.
(15)
La Ciencia de la Cultura (Trad. Gerardo Steenks). Buenos Aires, Paidós, 1964, p. 41.
(16)
Ibid., p. 52.
(17)
De ánima, III, IV, 429b, 32.
(18)
Véase J.R. Napier, Encyclopaedia Britannica, 1986, Vol. 23 artículo "Mammals", p. 245, col. 2.
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